Tribunal Electoral del Estado de Chiapas

Resuelve TEECH asunto referente al municipio de Sitalá; Juicios Ciudadanos y Juicios de Inconformidad


Tweet

Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, 27 de junio de 2018.- El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas (TEECH), en sesión pública, discutió los proyectos de resolución correspondiente a los siguientes medios de impugnación:

TEECH/JDC/154/2018, promovido por José Manuel López Pérez y otros, en contra de la Secretaría Ejecutiva del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas (IEPC), por la resolución emitida IEPC.SE.667.2018 en los que determina improcedente declarar la suspensión de elecciones para la renovación de los miembros del Ayuntamiento en el municipio de Sitalá.

En consecuencia, en el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, este órgano colegiado resolvió con el siguiente efecto:

Expediente TEECH/JI/090/2018 y acumulados TEECH/JI/091/2018, TEECH/JI/092/2018, promovidos por Patricia del Carmen Carvajal Ramos, Martín Darío Cázares Vázquez y Mario Cruz Velázquez, en contra del Consejo General del IEPC, por la resolución IEPC/CG-R/014/2018, por el que en acatamiento a la sentencia emitida por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en el expediente SUP-JRC-40/2018, se resuelve la procedencia de la solicitud de registro del Convenio de Coalición presentada por los Partidos Políticos Acción Nacional (PAN), de la Revolución Democrática (PRD) y Movimiento Ciudadano, bajo la denominación “Por Chiapas al Frente”, para la Elección de Gobernador Local Ordinario 2017-2018; así como la validación del registro al cargo de Gobernador del Estado de Chiapas, presentada por dicha coalición.

En consecuencia, en el Juicio de Inconformidad este órgano colegiado resolvió con el siguiente efecto:

Expediente TEECH/JI/111/2018, promovido por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM), a través de su Representante Propietaria, Olga Mabel López Pérez, en contra del Consejo General del IEPC, por la resolución emitida en el procedimiento de Remoción con número de expediente IEPC/CG/CQD/PR-ODES/RAYÓN-072/031/2018.

En consecuencia, en el Juicio de Inconformidad este órgano colegiado resolvió con el siguiente efecto:

Expediente TEECH/JDC/153/2018, promovido por Adolfo Martínez Salinas, en contra del Consejo General del IEPC y Comisión Nacional de Elecciones de la Coalición “Juntos Haremos Historia”, por el indebido registro del candidato a Diputado por el Principio de Mayoría Relativa, del Distrito 07, con cabecera en Ocosingo, Chiapas, postulado por la Coalición “Juntos Haremos Historia”, en el acuerdo IEPC/CG-A/065/2018.

En consecuencia, en el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, este órgano colegiado resolvió con el siguiente efecto:

Expediente TEECH/JDC/155/2018, promovido por Mariano Moreno Moreno, Jerónimo Guzmán Pérez y otros, en contra del IEPC, por el contenido del oficio IEPC.SE.666.2018, emitido por la Secretaría Ejecutiva de Instituto citado, en el que determina declarar improcedente la suspensión de elecciones para la renovación de los miembros del Ayuntamiento en el Municipio de Chilón, Chiapas.

En consecuencia, en el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, este órgano colegiado resolvió con el siguiente efecto:

Expediente TEECH/JDC/226/2018, promovido por Carlo Ignacio González, en contra del Consejo General del IEPC, por la resolución de procedimiento de remoción IEPC/CQD/CG/PR-ODES/LACONCORDIA-020/0018/2018.

En consecuencia, en el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, este órgano colegiado resolvió con el siguiente efecto:

Expediente TEEC/JDC/228/2018 y acumulados TEECH/JDC/229/2018 y TEECH/JDC/230/2018, promovidos por Lydia Espinosa Palomeque, Gilberto Martínez Castellanos y Edgar Godínez Vázquez, en contra del Consejo General del IEPC, por el Acuerdo IEPC/CG-A/117/2018, en el que se aprueban las sustituciones por renuncia de candidaturas a cargos de elección popular, de la planilla a miembros de Ayuntamiento de Mapastepec.

En consecuencia, en el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, este órgano colegiado resolvió con el siguiente efecto:

*IMPORTANTE: Una vez notificadas las partes, usted podrá consultar las sentencias ya publicada en nuestra página oficial http://www.tribunalelectoralchiapas.gob.mx/sentencias.html

Síguenos en Twitter @te_chiapas , y en Facebook @TEECHIAPAS